miércoles, 12 de febrero de 2014

Conclusiones 2a. parte Lira y Muro (El siglo de la integración)

Transformaciones sociales
·      Siglo XVII es un siglo de asentamiento, crea formas de vida.
·      Nueva España se convierte en país.
·      En la base económica se crea la hacienda.
Las encomiendas
·      Encomendados: indios que debían servir y tributar.
·      Encomenderos: beneficiario del servicio y tributo indígena, obligado a ver que se les diera doctrina cristiana y buen tratamiento.
·      Encomenderos controlaban a los indios cobrando tributo y haciéndolos trabajar en sus negocios.
·      Abusos en contra de los indios encomendados.
·      La corona intentó abolirla, el rey no quería casta de señores en Nueva España.
·      Ante la necesidad de la mano de obra indígena, surgió el repartimiento, donde el servicio estaba retribuido por un salario.
·      Las encomiendas transformadas en rentas vitalicias son las que lograron mantenerse (pagadas por la Real Hacienda a los encomenderos).
·      Los indios se quedaban voluntariamente en las haciendas para salir de las manos de los encomenderos.
El régimen de trabajo indígena
·      Juez repartidor: atendía demandas de los empresarios que solicitaban indios para un servicio retribuido. Sobornados por empresarios.
·      Al servicio sólo estaban obligados varones de 18 a 60 años.
·      Si no prestaban un servicio primero se les multaba y después el castigo se volvió en castigos corporales.
·      La gran epidemia puso en crisis la eficiencia del servicio.
·      1631 se abolió por los múltiples casos de abuso.
·      Al disminuir la eficiencia del servicio obligatorio aumentó el trabajo de los que se ofrecían como gañanes (indios asalariados). Hacienda fue un lugar donde los gañanes fueron retenidos ya que tenía sustento seguro y un salario regular.
·      Cuadrillas: caseríos de peones que eran poblados con organización propia en torno a la casa y la iglesia de la hacienda.
·      Las haciendas cumplieron finalidades que la encomienda no cumplió: la casa de la hacienda, la iglesia, la cuadrilla.
·      Hacienda tuvo un espacio territorial definido.
·      Acasillados: peones que vivían fijo en la hacienda.
·      Capataces y mayordomos encargados de vigilar el trabajo del peonaje.
·      Se adelantaba parte del salario y se les mantenía dentro de la hacienda por obligación de pagos.
Las haciendas
·      La corona, urgida de fondos, vio en la venta de tierras entrada segura de recursos.
·      Por disminución de mano de obra, carestía del azogue, dificultades de transporte se dio una baja en la producción minera.
·      Afán de acumulación de tierras por el prestigio y el poder.
·      Clase de señores de tierra surgió por la fijación de la propiedad territorial y poder de sus dueños.
Los obrajes
·      Ante las necesidades del consumo local y de la iniciativa de empresarios españoles hicieron que los obrajes se extendieran.
·      El obraje era una empresa costeable, se tenía que invertir en mano de obra. Empleaban a personas condenadas por delitos.
·      Se trataron de reducir los obrajes ante su crecimiento y ante los males que traían para los trabajadores.
Sociedad y gobierno
·      La maldad de los encomenderos, corregidores, alcaldes mayores contradecía los fines piadosos que justificaban la dominación española ante los ojos de Europa cristiana.
La república de los indios
·      La comunidad: organización económica de los pueblos de indios.
·      pueblo o república: organización política.
·      Cajas de comunidad: guardaba el dinero del común.
·      Tierras: patrimonio principal de las comunidades.
·      Religiosos moldeaban a los pueblos indígenas conforme ideas religiosas.
·      Alguaciles de doctrina o fiscales de la iglesia: encargados de vigilar el cumplimiento de las obligaciones religiosas de la comunidad.
·      Congregas: es en donde se intentó asentar a los indios bárbaros para llevarles la organización social, política y religiosa.
República de los españoles
·      La república de los españoles en la legislación indiana solo se hace ver cuando trata de normar sus relaciones con los indios.
·      Ciudades y villas eran poblaciones con prestigio, sus habitantes eran cabezas de familia española, no tenían que tributar.
·      Cabildos cadañeros: refugio de los criollos, como vía de prestigio.
·      Clerecía y grados académicos: también daban prestigio a los criollos.
·      Criollos eran vedados de los principales puestos en las cabezas del reino. Peninsulares tenían los cargos más importantes.
·      Nobleza menor: familias sin títulos pero con mayorazgos. Vinculaban pertenencias inmuebles a una línea patrimonial.
·      Mayorazgo requería licencia real. Los bienes de dicho mayorazgo no se podían dividir, enajenar ni hipotecar.
Castas y gente menuda
·      Gente menuda: estaban fuera del orden de república (mestizos, castas y negros).
·      Mestizos y castas no podían legalmente aspirar a ocupaciones honrosas al ser infamados por su origen.
·      Los indios bárbaros: se les consideraba como gente que podía y debían ser atraídos.
·      Los negros cimarrones, esclavos huidos y nacidos en zonas de refugio (palenques) eran peligro para el orden y paz.
El ejercicio del poder
·      Personas de mano poderosa eran limitados por los virreyes, audiencias, corregidores y alcaldes.
·      Jerarquía para ejercer el poder:
o   En la península: el rey y el Consejo de las Indias (cuerpo legislador, administrador y juzgado de última instancia).
o   En Nueva España: virrey y Real Audiencia (la audiencia estaba encargada de funciones judiciales).
o   En los distritos jurisdiccionales: alcaldes mayores y corregidores.
o   Localmente, en las villas y ciudades de españoles estaban los cabildos.
·      Las pugnas aseguraban al consejo y al rey a través de quejas y demandas el conocimiento de muchos hechos.
·      El virrey tenía como función proteger y amparar a los indios.
·      Las órdenes religiosas que arremetían unas contra otras eran grupos de poder en pugna permanente. (Por ejemplo los conventos de las religiosas).

·      Virreyes podían designar las autoridades distritales.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario